Ley aplicable a los buques, aeronaves y medios de transporte por ferrocarril. La «ley del pabellón»
Ley aplicable a los buques, aeronaves y medios de transporte por ferrocarril. La «ley del pabellón».
(20 diciembre 2024)
por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia.
- Ley aplicable a los buques, aeronaves y medios de transporte por ferrocarril. La «Ley del pabellón». Los buques, aeronaves y medios de transporte por ferrocarril, así como los derechos reales sobre ellos constituidos se rigen por la Ley del país del abanderamiento, matrícula o registro del buque o aeronave (STS 18 noviembre 2004, SAP Alicante 18 abril 2005; STS 31 octubre 2007 [arrendamiento de motor de aeronave y daños a la misma]). Es la «Ley del pabellón» (art. 10.2 CC).
- Ley aplicable para determinar la propiedad de una nave. Otra vez la «Ley del pabellón». En consecuencia, para acreditar quién es el propietario de una nave, es preciso consultar la ley de su pabellón. Es frecuente que para trasmitir la propiedad de la misma se exija una inscripción en un registro naval, de modo que sin tal inscripción la propiedad de la nave no se transmite. El Registro naval correspondiente emite unos certificados que acreditan la propiedad de la nave y sin tal certificado una persona no puede ser considerado propietario de la misma y no la puede tampoco transmitir. Así se expresa el muy bien armado AAP Barcelona 17 noviembre 2023 [embargo de embarcación de propietario inglés] [ECLI:ES:APB:2023:12062A]. El citado auto subraya: «La embarcación se encuentra amarrada en Marina Port Vell (Barcelona), …… la normativa aplicable al presente caso, cuestionada por la parte apelante, es el Derecho inglés, y con arreglo al art. 10.2 CC » 2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen» (…………) Conforme al derecho inglés, sólo un armador registral está legitimado para vender la embarcación a un tercero (Merchant Shipping Act 1995)…..«.
- Bye bye, lex rei sitae. Por tanto, cuando se trata de naves, a la hora de determinar quién en su propietario, lo relevante e importante es saber qué pabellón enarbola la nave y no en qué país se encuentra la misma…. Así el legislador evita problemas de precisión de la Ley aplicable en relación con bienes, como las naves, que están llamadas a moverse por todos los océanos y en relación a las cuales muchas veces se ignora dónde realmente se encuentran. Seguridad jurídica, estabilidad de la Ley aplicable y, en definitiva, previsibilidad: eso busca el Derecho internacional privado.
- El corazón, ya se sabe, es caprichoso e imprevisible. Menos mal que existe el Derecho internacional privado, que es es seguro, estable y previsible. Lo que no quiere decir que no tenga corazón, naturalmente….
.
_____________________________
PENSAMIENTO:
– «El hombre sólo es dueño de lo que ama, si no lo ama, no le pertenece» (Facundo Cabral, 1937 – 2011, cantautor argentino).
– – – –
- Ley aplicable a la responsabilidad derivada de difamación en internet: el muro de facebook y el Tribunal Supremo
- Contrato de agencia internacional: el foro de la disposición adicional de la ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre contrato de agencia