«Tres historias de Derecho internacional privado en la bellísima Granada nazarí (I): la conexión italiana del Generalife»

 

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5 octubre 2016

 

por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia.

 

Este texto está dedicado a Carolina, que debió haber nacido granadina…..

El Generalife constituye un reciento ajardinado de belleza inagotable. Fue construido a fines del siglo XIII como residencia de verano y descanso de los reyes nazaríes de Granada por el segundo sultán de la dinastía nazarí de Granada, Muhammad II (1273-1302) y se halla junto a la Alhambra. «Generalife» significa «el más excelso jardín». Era el lugar de los gozos de los reyes nazaríes de Granada.

Un muy placentero paseo conduce hoy desde la Alhambra al Generalife. Se entra en éste a través de unos muy bien cuidados jardines de estilo italiano, jardines en los que tienen lugar cada año las deliciosas representaciones del Festival de Música y Danza de Granada. Entorno incomparable, ambiente inspirador. ¿Y qué tiene que ver el Generalife de Granada con el Derecho internacional privado? Pues mucho tiene que ver.

 

No resulta muy conocido el hecho de que hasta el año 1921, el Generalife fue propiedad privada de una familia italiana. La historia, siempre caprichosa, puede resumirse así. En 1492 termina la Guerra de Granada, las tropas de Castilla toman dicha ciudad y finaliza la Reconquista de España. Los Reyes Católicos, protagonistas indiscutibles de dicha victoria, probaron ser unos políticos de extrema habilidad. Al enemigo, una vez vencido, no hay que destruirlo ni humillarlo, sino que debe ser integrado en el nuevo Estado, en las mismas filas del vencedor. De ese modo no conspirará ni se alzará porque participará del poder. Ello explica, muchas decisiones políticas que incluso hoy resultan llamativas por su audacia y astucia diplomática. En dicha línea, los Reyes Católicos entregaran la gestión del Generalife a los nobles de una familia granadina: los Granada-Venegas. ¿Quiénes eran los Granada-Venegas?

 

Los Granada-Venegas eran, en realidad, descendientes directos del los reyes nazaríes de Granada, descendientes que se convirtieron al cristianismo y se integraron en la España cristiana de la época. Así, Sidi Yahya al Nayar, que era hijo de Aben Celim, infante de Almería y nieto del rey nazarí de Granada Yusuf IV (1432), y que ocupaba el cargo de alcaide de Baza, pasó, tras su bautismo cristiano, a llamarse «Pedro de Granada». Pues bien, Pedro de Granada falleció en el año 1506 y fue enterrado en una capilla de la Iglesia del Sagrario, situada entre la Catedral de Granada y la Capilla Real, donde reposan los Reyes Católicos. Dicha capilla se identifica hoy, perfectamente, por la presencia de un escudo con cinco granadas, el escudo de la familia Granada-Venegas, que se puede ver sin dificultad en dicha iglesia granadina. El lema de la casa de los Granada-Venegas es la preciosa leyenda «El corazón manda«, que puede contemplarse con deleite en la Casa de los Tiros.

 

Pedro de Granada contrajo matrimonio con Cetti Meriem Venegas, que tras su bautismo cristiano pasó a llamarse Doña María Venegas. El hijo de Pedro de Granada, llamado Alonso, casó con Doña Juana de Mendoza, que era dama de Isabel la Católica, Reina de Castilla. Y así se llega al nieto de Don Pedro Venegas, conocido como «Pedro II de Granada-Venegas». La familia Granada-Venegas recibió numerosas propiedades y honores por parte de los Reyes de España. Eran, por ejemplo, marqueses de Campotéjar, señores de Jayena, propietarios de la muy famosa «Casa de los Tiros», palacio señorial situado en la calle Pavaneras de Granada, en el barrio del Realejo. Además, y aquí está lo interesante, Pedro II de Granada-Venegas fue nombrado en torno al año 1537, «alcaide del Generalife», esto es, gobernador del mismo. Sus descendientes gobernaron el Generalife desde esa fecha como si fuera de su propiedad privada y personal, lo que no era poca cosa. Obtuvieron diversas cédulas de los reyes de España en dicho sentido.

 

Los marqueses de Campotéjar, descendientes de los Granada-Venegas, emparentaron con nobles italianos. En efecto, tras el matrimonio de Catalina de Granada Venegas Rengifo con Esteban Lomellini, resulta que en torno al año 1672, el título de «marqués de Campotéjar» pasó, tras un «pleito de tenuta», a don Pedro Lomellini Pavesi. Este noble genovés fue el IV marqués de Campotéjar y era primo hermano del último marqués de Campotéjar español. Un nuevo matrimonio, esta vez entre Aurelia Lomellini Imperiale con Pedro Francisco Grimaldi, hizo que los Lomellini emparentaran con otros nobles italianos, los Grimaldi, de la misma familia, cómo no, de los célebres príncipes monegascos. Posteriormente, y como consecuencia del matrimoino entre María Magdalena Grimaldi Grimaldi, XIV marques de Campotéjar, con Jerónimo Pallavicini Grimaldi, los Lomellini entrocaron con el linaje de los Durazzo-Pallavicini. Por tanto, resulta que desde finales del siglo XVII, el Generalife, la otrora residencia de verano de los Reyes nazaríes de Granada, era propiedad privada de una familia italiana. Los dueños del Generalife habitaban en Génova.

 

Y así fue durante siglos. Hasta que en 1826, el Fiscal del Patrimonio Privado del rey Fernando VII inició acciones legales ante los tribunales para que España recuperase la propiedad del Generalife y su gestión.

 

Tras casi cien años de pleitos que alcanzaron, incluso, los estrados del Tribunal Supremo de España, el 2 octubre 1921 acabó este llamado «pleito del Generalife» a través de un acuerdo extrajudicial, impropiamente conocido como el «Tratado del Generalife». En virtud del mismo, la esposa del marqués de Campotéjar, Matilde Giustiniani, recibe el titulo de «marquesa del Generalife», mientras que el entonces marqués de Campotéjar, Giacomo Filippo Durazzo-Pallavicini entrega el Generalife al patrimonio del Estado español. El Generalife se convierte, así, en bien de dominio público español. Gracias a ello, el bellísimo Generalife, jardín excelso, puede admirarse y disfrutarse hoy por cualquier persona interesada.

 

Ahora bien, tras la reversión del Generalife al patrimonio español, se abrieron numerosas cuestiones de Derecho internacional privado que se prolongan hasta el mismísimo siglo XXI. En efecto, el acuerdo entre el Estado español y los Durazzo-Pallavicini dispuso que éstos conservaran la propiedad de ciertos objetos de incalculable valor. Por ejemplo, el archivo del Generalife, así como la espada jineta o granadina del siglo XV, una auténtica espada nazarí, única en el mundo, así como los retratos de los integrantes de la casa Granada-Venegas. Estos objetos fueron trasladados desde Granada a Génova (Italia) en 1928 por la marquesa del Generalife. Sólo la propiedad de los retratos de los reyes de España fue traspasada el Estado español. Tales retratos hoy pueden verse en la granadina Casa de los Tiros.

 

Pues bien, numerosos investigadores e historicistas españoles han tratado de acceder, la mayor parte de las veces sin éxito, a los legajos del archivo del Generalife que se halla en el palacio genovés de los Durazzo-Pallavicini. También se han alzado numerosas voces en favor de una devolución a territorio español de este importantísimo patrimonio documental y es aquí donde los perfiles de Derecho internacional privado cobran una vida más intensa.

 

En primer lugar, debe hacerse constar que la propiedad de los legajos y documentos del archivo del Generalife fue entregada por el Gobierno español a los Durazzo-Pallavicini en virtud de un acuerdo extrajudicial plenamente válido con arreglo al Derecho español. En consecuencia, visto que España era el país donde se encontraban los bienes en el momento de celebrarse dicho contrato (art. 10.1 CC), la propiedad del archivo del Generalife fue legalmente transmitida por el Estado español a los Durazzo-Pallavicini conforme al Derecho español (Lex Rei Sitae).

 

En segundo lugar, en el momento de celebrarse dicho contrato (2921) y en el momento del traslado del archivo a Italia (1928) no existía en España una legislación que prohibiera la salida de España de dichos documentos. El traslado a Italia de dicho patrimonio documental fue plenamente legal en sintonía con el Derecho español vigente en tal momento. La Ley del Estado de origen de estos bienes (España) nunca no consideró «ilícita» su salida del territorio español.

 

En tercer lugar, el acceso de los investigadores y de cualquier interesado a los fondos del archivo de Generalife se regula por el Derecho administrativo italiano, puesto que el archivo está en territorio de la República de Italia. El Derecho administrativo español que regula la gestión del patrimonio cultural español es inaplicable a este acceso (art. 8 CC a contrario sensu).

 

En cuarto lugar, la normativa europea e internacional que regula la restitución de bienes culturales al país de origen de los mismos no permite solicitar ni la restitución de dichos bienes a España ni la reclamación de la propiedad de los mismos por parte de España. La razón es sencilla. Como antes se han indicado, el archivo del Generalife salió de España de modo perfectamente legal y es propiedad de la familia italiana Durazzo-Pallavicini. Visto que la normativa legal permite la restitución de bienes culturales a España exige, para su aplicación, que estos bienes hayan salido de manera ilegal de España, dicha normativa resulta inaplicable (vid.: Convención de la UNESCO sobre las medidas que deban adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales, hecha en París el 17 noviembre 1970; Convenio UNIDROIT de 24 junio 1995 sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, hecho en Roma el 24 junio 1995; Directiva europea 2014/60/UE de 15 mayo 2014, relativa a la restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio de un Estado miembro).

 

La solución reside en la negociación y la mediación con la familia italiana Durazzo-Pallavicini, a fin de que el archivo del Generalife pueda ser consultado por los investigadores e interesados, pueda ser catalogado y digitalizado, y para que, en su caso, el Estado español pueda adquirir la propiedad de ese precioso trozo de historia de Granada, de España y del mundo.

 

Mientras tanto, el Generalife, bellísimo jardín nazarí del paraíso, sigue ofreciendo cada día una visión de la luz del Edén……………..

 

 

 

 

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NOTAS:

– Un excelente trabajo sobre el Generalife es el debido a Jose Antonio García Luján, El Generalife, jardín del Paraíso, Granada, 2006. Muchas gracias a Antonio Carrascosa senior, por sus enseñanzas granadinas, magníficas y estimulantes.

– Numerosas informaciones sobre la historia italiana del Generalife pueden obtenerse en las siguientes webpages:

(1) http://www.webislam.com/articulos/36267-mano_izquierda_para_recuperar_los_legajos_del_generalife.html

(2) http://www.juntadeandalucia.es/cultura/blog/acta-de-entrega-del-generalife-al-patronato-del-mismo-nombre-1922/

(3)

http://www.ideal.es/granada/v/20100425/cultura/ultimos-granada-venegas-20100425.html

(4) http://www.ideal.es/jaen/prensa/20061125/vivir/venegas-grimaldi_20061125.html

(5) http://www.islamyal-andalus.es/2/index.php/historia-4291/boletines/8123-la-importancia-de-llamarse-granada

(6) http://www.iealmerienses.es/Servicios/IEA/edba.nsf/xlecturalinajes.xsp?ref=9

(7) https://es.scribd.com/doc/34069550/El-Linaje-Granada-Venegas

(8) http://www.granadahoy.com/article/ocio/2093/los/secretos/generalife/siguen/ocultos/genova.html

 

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