Los matrimonios online: viva el amor.
Los matrimonios online: viva el amor.
(22 septiembre 2025)
por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia.
- Matrimonios online. Los matrimonios online son aquéllos oficiados a través de aplicaciones de Internet que permiten la video conferencia por una autoridad situada en un Estado y en relación con contrayentes que pueden hallarse en otros dos Estados distintos. Estos matrimonios online plantean problemas de determinación del lugar de celebración del matrimonio, lo que afecta a la precisión de la Ley aplicable a la forma del mismo. Porque si la Ley aplicable a la forma del matrimonio es la Ley del Estado donde éste se ha celebrado, surge la cuestión de precisar el lugar de celebración de estos matrimonios online cuando la autoridad oficia la ceremonia en el Estado A mientras que los contrayentes se hallan en los Estados B y C, respectivamente. Dos Estados han implementado estos matrimonios online. En primer lugar, el State de Utah (EE.UU.) con gran éxito de crítica y público, pues no se exige que ninguno de los contrayentes sea ciudadano de Utah o residente en dicho State. Durante la pandemia del COVID-19 estos matrimonios online en Utah se multiplicaron. En segundo lugar, Ucrania, pues la legislación militar permite a los soldados ucranianos casarse online debido a las dificultades de organizar una ceremonia presencial de matrimonio. Por 35 euros y en diez minutos el matrimonio queda perfectamente celebrado y surte efectos legales en Ucrania. Finalizado el matrimonio, las autoridades celebrantes suelen expedir el correspondiente «certificado de matrimonio» para que éste sea inscrito en otros países. En relación con la ley aplicable a la forma de los matrimonios online, dos posiciones se han mantenido.
- La tesis en favor del lugar donde se halla la autoridad celebrante. En primer lugar, algunos autores defienden que debe estimarse, fictio juris, que el lugar de celebración del matrimonio es el lugar donde éste queda registrado, que es el Estado, en su caso, al que pertenece la autoridad celebrante, el Estado en cuya legislación se admiten estos matrimonios online (H.-P. Mansel, C. Mayer). Por tanto, basta cumplir las formalidades del Derecho del Estado al que pertenece el empleado celebrante u oficiante para que el matrimonio sea considerado formalmente válido.
- La tesis en favor del lugar donde se hallan los contrayentes. En segundo lugar, por el contrario, la sentencia del BGH, Alemania, 25 septiembre 2024, estima que en el caso de un matrimonio online en el que el oficial celebrante está en un país (Utah, EE.UU.) y los contrayentes nigerianos ambos se hallan en otro país (Alemania), el matrimonio se debe considerar celebrado en el país donde ambos cónyuges se encuentran y no en el país donde se halla el ministro o autoridad que oficia la ceremonia del enlace. El argumento decisivo para el tribunal germano es que el elemento fundamental del matrimonio es el consentimiento, y no la presencia y participación de la autoridad celebrante. De hecho, la palabra «autor«, -que deriva del vocablo latino auctor-, y éste a su vez, del verbo «augere«, que significa «aumentar», «agrandar», «mejorar»-, quiere decir, en realidad, «el que promueve algo». La autoridad celebrante, en verdad, no participa como sujeto activo en el matrimonio. No es el protagonista del mismo, no es el centro del matrimonio, sino sólo una persona que promociona lo que ya existe, -el vínculo personal y emocional entre los contrayentes-. Se confirma esta interpretación por el origen de la palabra latina «auctor«, que se encuentra en la raíz indoeuropea «-aug», que significa aumentar o incrementar, como puede comprobarse en palabras como «augurio», «aumento», «inaugurar» o «augusto». En suma: para fijar el lugar de celebración el matrimonio debe ser más importante tomar en consideración el país donde se encontraban los contrayentes que el país donde se halla la autoridad celebrante. En el caso en cuestión objeto de la sentencia del BGH, Alemania, 25 septiembre 2024, el consentimiento se prestó en Alemania, donde ambos contrayentes nigerianos se encontraban en el momento de darse el «sí, quiero» y no en EE.UU, país donde se hallaba la autoridad que permitió el enlace y lo oficializó. Por tanto, según el tribunal germano, la Ley aplicable a la forma del matrimonio era la Ley alemana, ley del país donde se hallaban los contrayentes nigerianos en el momento clave. Y como en la Ley alemana el matrimonio online no se recoge como una forma de celebración del mismo, pues no producirá efectos legales, de modo que se estimó que el matrimonio era nulo por defecto de forma. Queda por saber cuál sería, para el tribunal alemán, el lugar de celebración del matrimonio en el caso de que un contrayente se hallase en Alemania y otro en EE.UU. Qué misterio germano…..
- Reconocimiento en España de matrimonios online con elementos extranjeros. Por otro lado, surge la cuestión de saber si el reconocimiento en Espala de un matrimonio online celebrado en otro país resulta contrario al orden público internacional español. Con Anna Wysocka-Bar, cabe afirmar que: (a) el elemento central de un matrimonio es el intercambio de consentimientos matrimoniales libres e informados, no la forma en la que tales consentimientos se intercambian; (b) además, en Derecho español se admite el matrimonio por poderes, en el que uno de los cónyuges no está presente en la ceremonia; (c) el favor matrimoniii permite sostener que, salvo casos graves y muy justificados, un matrimonio válidamente celebrado en un país no debe ser considerado inexisten en otro país por meros motivos de forma; (d) el matrimonio online es un signo de los tiempos veloces, desmaterializados y electrónicos propios del siglo XXI, que no vulnera ningún principio fundamental del Derecho matrimonial español. En consecuencia, existen argumentos bien fundados para reconocer en España estos matrimonios online legalmente celebrados en otros países.
- El amor más allá de las fronteras. En definitiva, el fondo es más importante que la forma y el corazón es más relevante que los papeles. Porque es en el corazón donde se encuentra en amor y no en los registros civiles. El Derecho internacional privado es, también, un instrumento que protege el amor por encima de toda frontera dibujada sobre un mapa….
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PENSAMIENTO:
– «Ganbaru«: «dar todo lo que llevas dentro» (palabra japonesa)
- Litispendencia internacional con terceros Estados. El lodus magnus frente al Coliseo de Roma.
- El foro del Estado miembro de situación de los bienes del causante: amanece sobre el Tíber




