La determinación de la nacionalidad del causante en el art. 9.8 CC y las estatuas de los apóstoles en San Juan de Letrán. (1 diciembre 2025) por Javier Carrascosa González, catedrático de Derecho internacional privado de la Universidad de Murcia. Necesidad de precisar la nacionalidad del causante. Es muy frecuente que los tribunales españoles deban concretar la nacionalidad del causante en supuestos muy complejos, lo que, sin duda, dificulta la aplicación del art. 9.8 CC. Este artículo 9.8 CC sigue estando en pleno vigor y se aplica con toda normalidad para precisar el Derecho español aplicable en casos de Derecho interregional y también en casos de Derecho internacional privado cuando se refieren a sucesiones de causantes fallecidos antes del 17 agosto 2015. Acreditación de la nacionalidad del causante y art. 9.8 CC. Los ejemplos de litigios en los…
Investigación, docencia y práctica del Derecho internacional privado | Research, Teaching & Practice on Private International Law
Con Francesco di Accursio (Florencia 1182 - Bolonia 1260) nace el Derecho internacional privado. Accursio diseña la regla Statutum non ligat nisi subditos, con arreglo a la cual el paso de frontera no debe comportar un cambio en la Ley aplicable. Sólo así es posible un mercado internacional y una vida internacional de los particulares, sin que la división del mundo en Estados soberanos impida las relaciones humanas internacionales. Accursio era un genio. 









